Nuestra ley de contrato de trabajo establece el principio de no discriminación en su artículo 17 que prohíbe cualquier tipo de discriminación entre los trabajadores por motivos de sexo, raza, religiosos, políticos, gremiales o de edad. Sin embargo, la enumeración de los motivos de discriminación laboral mencionados en dicho artículo es meramente enunciativa, ya que […]